Uber, economía colaborativa y el derecho de defensa de la competencia / por Esteban Russell
Tipo de material:![Artículo](/opac-tmpl/lib/famfamfam/AR.png)
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
---|---|---|---|---|---|---|
![]() |
Biblioteca Neuquén | Disponible |
Sumario: I. Introducción.— II. La palabra autorizada de Richard Posner.— III. El fallo del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil.— IV. La opinión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) del Perú.— V. La opinión de la Comisión Nacional de la
Competencia (CONACOM) del Paraguay.— VI. La opinión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile.— VII. El caso Uber en la Suprema Corte de Justicia de la República Oriental del Uruguay.— VIII. Algunos antecedentes locales.— IX. Conclusión.
No hay comentarios en este titulo.