Calidad propia o ganancial de bienes en el régimen de comunidad / por Eduardo A. Sambrizzi

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: 6 pTema(s): Recursos en línea:
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Sumario: I. Introducción.— II. Los bienes adquiridos por subrogación real.— III. Las partes indivisas de un bien adquirido durante la comunidad por el cónyuge que ya era propietario de otra parte indivisa del bien, de carácter propio.— IV. Bienes adquiridos con bienes gananciales después de la extinción de la comunidad.— V. Las partes indivisas de un bien adquirido luego de disuelta la comunidad, por el cónyuge que ya era propietario, como ganancial, de otra parte indivisa del bien.— VI. Bienes adquiridos durante la comunidad con bienes gananciales, en que el saldo se abona con bienes propios.— VII. Conclusiones.
En: LA LEY 15/10/2020, 15/10/202, 1
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Sumario: I. Introducción.— II. Los bienes adquiridos por subrogación real.— III. Las partes indivisas de un bien adquirido durante la comunidad por el cónyuge que ya era propietario de otra parte indivisa del bien, de carácter propio.— IV. Bienes adquiridos con bienes gananciales después de la extinción de la comunidad.— V. Las partes indivisas de un bien adquirido luego de disuelta la comunidad, por el cónyuge que ya era propietario, como ganancial, de otra parte indivisa del bien.— VI. Bienes adquiridos durante la comunidad con bienes gananciales, en que el saldo se abona con bienes propios.— VII. Conclusiones.

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