La compensación económica ante la finalización del proyecto de vida en común : Superación de la desigualdad estructural originada en los estereotipos de género / por Ana María Chechile y Cecilia Lópes

Por: Colaborador(es): Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: 22 pTema(s): Recursos en línea:
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Sumario: I. Introducción.— II. La finalización del proyecto de vida en común de la pareja y sus consecuencias económicas.— III. Violencia contra las mujeres, con especial hincapié en la violencia económica o patrimonial.— IV. Perspectiva de género: ¿Qué significa juzgar con perspectiva de género?— V. La compensación económica como un medio para equilibrar los desajustes sufridos como consecuencia de la violencia económica con la ineludible participación de la perspectiva de género.— VI. La compensación económica como una alternativa para equilibrar los desajustes producidos por la atribución de roles estereotipados en la organización familiar.— VII. La violencia económica con la modalidad institucional que deteriora la posibilidad de la mujer de acceder a una compensación comprensiva de la realidad en la cual la situó la ruptura.— VIII. Algunas conclusiones siempre provisorias.
En: LA LEY 21/09/2021, 21/09/2021, 1
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Sumario: I. Introducción.— II. La finalización del proyecto de vida en común de la pareja y sus consecuencias económicas.— III. Violencia contra las mujeres, con especial hincapié en la violencia económica o patrimonial.— IV. Perspectiva de género: ¿Qué significa juzgar con perspectiva de género?— V. La compensación económica como un medio para equilibrar los desajustes sufridos como consecuencia de la violencia económica con la ineludible participación de la perspectiva de género.— VI. La compensación económica como una alternativa para equilibrar los desajustes producidos por la atribución de roles estereotipados en la organización familiar.— VII. La violencia económica con la modalidad institucional que deteriora la posibilidad de la mujer de acceder a una compensación comprensiva de la realidad en la cual la situó la ruptura.— VIII. Algunas conclusiones siempre provisorias.

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