¿Es aplicable la doctrina de "Vizzoti" hipótesis extintivas distintas de las del artículo 245 de la ley de contrato de trabajo cuando la norma que las regula se remite a éste? / por Mario E. Ackerman
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Sumario: I. Cuando la realidad parece darle la razón a Holmes. II. La decisión y los fundamentos de la Corte. III. Hipótesis en las que debería aplicarse la doctrina de la CSJN en el caso “Vizzoti” y supuestos en los que no correspondería hacerlo. A. Supuestos comprendidos en la doctrina de “Vizzoti”. 1. Despido indirecto. 2. Despido indirecto del trabajador incapacitado permanentemente en forma parcial. 3. Despido del trabajador jubilado. 4. Quiebra del empleador por causas imputables. B. Supuestos excluidos de la doctrina de “Vizzoti”. IV. Balance: mal-estar y anemia jurídica.
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