Manual de política de persecución penal / Poder Judicial Neuquen

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Introducción El 14 de enero de 2014 entró en vigencia la Ley N° 2784, que aprueba el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén, estableciendo un Sistema Penal Acusatorio, basado en la oralidad en todas las etapas del proceso. El flamante sistema puso en cabeza del Ministerio Público Fiscal la dirección de la investigación y persecución de los delitos, la recepción de los asuntos penales, la selectividad de los casos y la gestión de la conflictividad primaria atendiendo a la paz social, entre otras tareas. El nuevo rol protagónico que adquirió el Ministerio Público Fiscal requirió de la elaboración e implementación de un diseño organizacional moderno para la gestión y procesamiento de los casos ingresados al sistema penal y de políticas de persecución del delito y abordaje de la conflictividad para lograr un trabajo más efectivo. A fin de profundizar la eficacia y eficiencia en las investigaciones y la labor de los integrantes del Ministerio Público Fiscal, resultaba necesario e indispensable contar con una herramienta que contenga y abarque criterios uniformes para una persecución exitosa, el manejo de la conflictividad y gestión de los casos penales, el tratamiento a la víctima del delito y la comunicación social de las acciones desarrolladas por los representantes del organismo persecutor. El presente Manual de Política de Persecución Penal es producto de la experiencia que conlleva la práctica y del valioso aporte de quienes, con esfuerzo, dedicación y responsabilidad, trabajan diariamente en el Ministerio Público Fiscal. Con el propósito de fortalecer la unidad de actuación y de criterio, las políticas aquí cristalizadas para la persecución del delito y el abordaje de la conflictividad han sido debatidas y consensuadas por los fiscales en Asamblea Provincial de Fiscales, órgano de representación igualitaria y democrática. Este moderno Manual contiene definiciones de conceptos ajenos al derecho penal y procesal penal tradicional, como el de la paz social o el interés general, pero necesarios para comprender el nuevo enfoque que trae aparejado la resolución de los conflictos y aplicar correctamente los institutos y herramientas dispuestos para ello. Asimismo, contempla los lineamientos a seguir para la aplicación de criterios de oportunidad o para realizar una mediación o conciliación penal exitosa o abordar conflictos sociales complejos. La justicia indígena, la perspectiva de género, los parámetros a tener en cuenta para la solicitud de medidas destinadas a cautelar el proceso o de penas, la forma de comunicación y publicidad de las acciones del Ministerio Público Fiscal a la sociedad, han sido, entre muchos otros, aspectos que han sido incluidos. Es importante destacar que, como toda política pública, la política de persecución penal es dinámica, porque es dinámica la realidad a la que está destinada. Por ello, amerita ser analizada periódicamente para su actualización y perfeccionamiento. José Ignacio Gerez. Fiscal General
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Introducción
El 14 de enero de 2014 entró en vigencia la Ley N° 2784, que aprueba el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén, estableciendo un Sistema Penal Acusatorio, basado en la oralidad en todas las etapas del proceso. El flamante sistema puso en cabeza del Ministerio Público Fiscal la dirección de la
investigación y persecución de los delitos, la recepción de los asuntos penales, la
selectividad de los casos y la gestión de la conflictividad primaria atendiendo a la paz social, entre otras tareas. El nuevo rol protagónico que adquirió el Ministerio Público Fiscal requirió de la elaboración e implementación de un diseño organizacional moderno para la gestión y procesamiento de los casos ingresados al sistema penal y de políticas de persecución del delito y abordaje de la conflictividad para lograr un trabajo más efectivo. A fin de profundizar la eficacia y eficiencia en las investigaciones y la labor de los integrantes del Ministerio Público Fiscal, resultaba necesario e indispensable contar con una herramienta que contenga y abarque criterios uniformes para una persecución exitosa, el manejo de la conflictividad y gestión de los casos penales, el tratamiento a la víctima del delito y la comunicación social de las acciones desarrolladas por los
representantes del organismo persecutor. El presente Manual de Política de Persecución Penal es producto de la experiencia que conlleva la práctica y del valioso aporte de quienes, con esfuerzo, dedicación y responsabilidad, trabajan diariamente en el Ministerio Público Fiscal. Con el propósito de fortalecer la unidad de actuación y de criterio, las políticas aquí cristalizadas para la persecución del delito y el abordaje de la conflictividad han sido debatidas y consensuadas por los fiscales en Asamblea Provincial de Fiscales, órgano de representación igualitaria y democrática. Este moderno Manual contiene definiciones de conceptos ajenos al derecho penal y procesal penal tradicional, como el de la paz social o el interés general, pero necesarios para comprender el nuevo enfoque que trae aparejado la resolución de los conflictos y aplicar correctamente los institutos y herramientas dispuestos para ello. Asimismo, contempla los lineamientos a seguir para la aplicación de criterios de oportunidad o para realizar una mediación o conciliación penal exitosa o abordar conflictos sociales complejos. La justicia indígena, la perspectiva de género, los parámetros a tener en cuenta para la solicitud de medidas destinadas a cautelar el proceso o de penas, la forma de comunicación y publicidad de las acciones del Ministerio Público Fiscal a la sociedad, han sido, entre muchos otros, aspectos que han sido incluidos. Es importante destacar que, como toda política pública, la política de persecución penal es dinámica, porque es dinámica la realidad a la que está destinada. Por ello, amerita ser analizada periódicamente para su actualización y perfeccionamiento.
José Ignacio Gerez. Fiscal General

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