Socioafectividad como criterio fundante para el reconocimiento de la triple filiación en la Argentina. A 7 años del Código Civil y Comercial de la Nación: ¿Regulación o eliminación de la prohibición? / por Marisa Herrera y de la Torre Natalia

Por: Colaborador(es): Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: 22 pTema(s): Recursos en línea:
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Sumario: I. Aclaración de previo y especial pronunciamiento. — II. Introducción. — III. Casuística de la triple filiación en la Argentina 2015-2022. — IV. Lectura crítica de los proyectos de ley presentados en el Congreso de la Nación. — V. Propuestas. — VI. Conclusiones sobre el eje "pluriparentalidad" en las XXVII Jornadas Nacionales de Derecho Civil de Mendoza.
En: LA LEY 11/10/2022, 1
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Sumario: I. Aclaración de previo y especial pronunciamiento. — II. Introducción. — III. Casuística de la triple filiación en la Argentina 2015-2022. — IV. Lectura crítica de los proyectos de ley presentados en el Congreso de la Nación. — V. Propuestas. — VI. Conclusiones sobre el eje "pluriparentalidad" en las XXVII Jornadas Nacionales de Derecho Civil de Mendoza.

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