¿Por qué son obligatorias para la Justicia argentina las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos? / por Guillermo J. Terzibachian

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Sumario: I. Exordio.— II. Recordatorio.— III. Un poco de historia.— IV. Algunos hitos.— V. ¿La respuesta?.— VI. La cuestión en la doctrina.— VII. ¿Qué sucedería si la Corte cambia de doctrina respecto de las opiniones de los órganos de control?.— VIII. El argumento referido a la limitación de la obligatoriedad únicamente respecto de las sentencias en los procesos contenciosos en los que el país fue parte.— IX. Conclusiones.
En: LA LEY 12/01/2022, 12/01/2022, 1;
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Sumario: I. Exordio.— II. Recordatorio.— III. Un poco de historia.— IV. Algunos hitos.— V. ¿La respuesta?.— VI. La cuestión en la doctrina.— VII. ¿Qué sucedería si la Corte cambia de doctrina respecto de las opiniones de los órganos de control?.— VIII. El argumento referido a la limitación de la obligatoriedad únicamente respecto de las sentencias en los procesos contenciosos en los que el país fue parte.— IX. Conclusiones.

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