Poderes-deberes probatorios oficiosos del juez : Ejercicio real y efectivo para un proceso civil eficaz / por Mario Masciotra
Tipo de material:![Artículo](/opac-tmpl/lib/famfamfam/AR.png)
Contenidos:
En: LA LEY 24/09/2021, 24/09/2021, 1
Sumario: I. Consagración de los poderes-deberes del juez.— II. Indelegabilidad de la función jurisdiccional.— III. El juez director del debate probatorio.— IV. Labor mancomunada. Juez y partes (abogados) o deber de cooperación entre jueces protagónicos y abogados activos.— V. Utilización de los medios tecnológicos.— VI. La producción probatoria y la realidad actual de la actividad jurisdiccional.— VII. Presupuestos necesarios para el ejercicio real y efectivo de los poderes-deberes probatorios del juez.— VIII. Conclusión.
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
---|---|---|---|---|---|---|
![]() |
Biblioteca Neuquén | Disponible |
Sumario: I. Consagración de los poderes-deberes del juez.— II. Indelegabilidad de la función jurisdiccional.— III. El juez director del debate probatorio.— IV. Labor mancomunada. Juez y partes (abogados) o deber de cooperación entre jueces protagónicos y abogados activos.— V. Utilización de los medios tecnológicos.— VI. La producción probatoria y la realidad actual de la actividad jurisdiccional.— VII. Presupuestos necesarios para el ejercicio real y efectivo de los poderes-deberes probatorios del juez.— VIII. Conclusión.
No hay comentarios en este titulo.
Ingresar a su cuenta para colocar un comentario.