Cuidado personal de niños por terceros. Exégesis de los artículos 104, 643, 657, 674 y 702 del Código Civil y Comercial / por Mauricio L. Mizrahi
Tipo de material: ArtículoDescripción: 18 pTema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
En: LA LEY 30/10/2019, 30/10/2019, 1.
Sumario: I. Introducción.— II. La expresión "guarda".— III. La delegación del ejercicio de la responsabilidad parental.— IV. La delegación en el progenitor afín.— V. La figura del otorgamiento de la guarda a un tercero.— VI. La correcta interpretación del art. 104, párr. 3º, del Cód. Civ. y Com.— VII. La audición del hijo.— VIII. Similitudes y diferencias entre los arts. 643 y 657 del Cód. Civ. y Com.— IX. El tercero pariente o referente afectivo.— X. Tutela y adopción.— XI. Conclusiones.
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Artículos | Biblioteca Neuquén | Disponible |
Sumario: I. Introducción.— II. La expresión "guarda".— III. La delegación del ejercicio de la responsabilidad parental.— IV. La delegación en el progenitor afín.— V. La figura del otorgamiento de la guarda a un tercero.— VI. La correcta interpretación del art. 104, párr. 3º, del Cód. Civ. y Com.— VII. La audición del hijo.— VIII. Similitudes y diferencias entre los arts. 643 y 657 del Cód. Civ. y Com.— IX. El tercero pariente o referente afectivo.— X. Tutela y adopción.— XI. Conclusiones.
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