El diálogo de fuentes en el derecho del consumidor argentino / por Gonzalo Sozzo

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: p. 223-292Tema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
1. Hacia un paradigma de Derecho Privado dialógico. I. LA TEORÍA DEL DIÁLOGO DE LAS FUENTES. Primera Parte - Contexto de formación de la teoría del diálogo de las fuentes. 2. La complejización de las fuentes del Derecho Privado. 3. La fragmentación de la fuente legal. 4. Pluralismo jurídico y pluralismo de fuentes. 5. La respuesta del Código Civil y Comercial a la mayor complejidad. 6. ¿Qué es el diálogo de fuentes?. Segunda Parte - El estilo del Derecho del Consumidor en el nuevo Código. Sección Primera - Las opciones de la codificación argentina. 7. La constitucionalización del Derecho Privado en Argentina. 8. La humanización del Derecho Privado. 9. El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina 2014 o la recodificación como resistematización. 10. El diálogo de fuentes en el Código Civil y Comercial de la Nación. Sección Segunda - Las opciones en la regulación del consumo en la recodificación argentina. 11. La constitucionalización del Derecho del Consumidor. 12. La humanización del Derecho del Consumidor. 13. La medioambientalización del Derecho del Consumidor. 14. Hacia el programa global de la "Constitución infinita". Tercera Parte - El sistema del Derecho del Consumidor. Sección Primera - El estado de situación antes del Código Civil y Comercial. 15. Los "componentes" del microsistema de protección del consumidor. 16. La regla de reordenamiento interno del microsistema. 17. Integración del microsistema de protección del consumidor con el sistema del Código Civil y de Comercio. 18. Las antinomias entre el sistema y el microsistema. 19. Otra vez sobre la diferencia entre microsistema y ley especial: las consecuencias prácticas de la distinción en punto a la integración con el sistema del Código. 20. Las leyes especiales, descodificación y los microsistemas. 21. La interpretación de la ley 24.240 a favor del consumidor. 22. El principio de progresividad revisitado. Sección Segunda - La resistematización de la regulación de las relaciones de consumo en Argentina. 23. La posibilidad de codificación del Derecho del Consumidor. 24. El problema de la extensión de la codificación del Derecho del Consumidor. 25. La codificación de la protección contractual del consumidor. 26. La necesidad de resistematización. 27. La nueva sistematicidad: el sistema como resultado. 28. El programa de resistematización (i): producir una resistematización por círculos concéntricos. 29. El programa de resistematización (ii): la codificación del Derecho del Consumidor. a) La creación de un núcleo duro de regulación de las relaciones de consumo. b) El núcleo duro como "presupuestos mínimos". c) El resultado de la existencia del "segundo anillo": el diálogo de fuentes. 30. El programa de resistematización (iii): las reformas a la ley 24.240. a) El diseño de un espacio de adaptabilidad: el "tercer anillo regulatorio". b) Las reformas a la ley 24.240. c) Interpretación más favorable al consumidor. II. EL MÉTODO DEL DIÁLOGO DE LAS FUENTES. Cuarta Parte - Las fuentes normativas del diálogo. 31. Las fuentes normativas del diálogo (i): los derechos fundamentales de los consumidores. 32. Las fuentes normativas del diálogo (ii): un zócalo mínimo y núcleo duro de tutela. 33. Las fuentes normativas del diálogo (iii): el microsistema. Quinta Parte - Las reglas del diálogo de fuentes. 34. Las reglas del diálogo (i): la maximización de las normas fundamentales. 35. Las reglas del diálogo (ii): reglas del diálogo de fuentes según la "tipología de diálogos de fuentes". 36. La interpretación de una norma "proconsumidor" no es diálogo de fuentes. 37. Diferenciar las reglas de prelación normativa y las reglas del diálogo de fuentes. Sexta Parte - Las "zonas" de los diálogos. 38. La búsqueda del núcleo duro de tutela. 39. Las zonas de los diálogos (i): de las reglas codificadas de protección del consumidor con las reglas de tutela del consumidor ubicadas en la ley 24.240. a) Grupo (A) de normas provenientes del Proyecto de 1998. b) Grupo (B) de normas provenientes de la ley 24.240. b.1) Subgrupo de normas mejoradas (provenientes de la ley 24.240). b.2) Subgrupo de normas rehechas (provenientes de la ley 24.240). 40. Las zonas de los diálogos (ii): integración del microsistema de protección del consumidor con el sistema del Código. 41. Las zonas de los diálogos (iii): el diálogo de la regulación de las relaciones de consumo con las leyes especiales. 42. Las zonas de los diálogos (iv): el "diálogo" del microsistema de tutela del consumidor con los demás microsistemas que regulan a la persona. 43. Las zonas de los diálogos (v): el "diálogo" del microsistema de tutela del consumidor con el microsistema de tutela del medio ambiente.
En: Revista de Derecho de Daños 2016-1, Consumidores. p. 223-292
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1. Hacia un paradigma de Derecho Privado dialógico. I. LA TEORÍA DEL DIÁLOGO DE LAS FUENTES. Primera Parte - Contexto de formación de la teoría del diálogo de las fuentes. 2. La complejización de las fuentes del Derecho Privado. 3. La fragmentación de la fuente legal. 4. Pluralismo jurídico y pluralismo de fuentes. 5. La respuesta del Código Civil y Comercial a la mayor complejidad. 6. ¿Qué es el diálogo de fuentes?. Segunda Parte - El estilo del Derecho del Consumidor en el nuevo Código. Sección Primera - Las opciones de la codificación argentina. 7. La constitucionalización del Derecho Privado en Argentina. 8. La humanización del Derecho Privado. 9. El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina 2014 o la recodificación como resistematización. 10. El diálogo de fuentes en el Código Civil y Comercial de la Nación. Sección Segunda - Las opciones en la regulación del consumo en la recodificación argentina. 11. La constitucionalización del Derecho del Consumidor. 12. La humanización del Derecho del Consumidor. 13. La medioambientalización del Derecho del Consumidor. 14. Hacia el programa global de la "Constitución infinita". Tercera Parte - El sistema del Derecho del Consumidor. Sección Primera - El estado de situación antes del Código Civil y Comercial. 15. Los "componentes" del microsistema de protección del consumidor. 16. La regla de reordenamiento interno del microsistema. 17. Integración del microsistema de protección del consumidor con el sistema del Código Civil y de Comercio. 18. Las antinomias entre el sistema y el microsistema. 19. Otra vez sobre la diferencia entre microsistema y ley especial: las consecuencias prácticas de la distinción en punto a la integración con el sistema del Código. 20. Las leyes especiales, descodificación y los microsistemas. 21. La interpretación de la ley 24.240 a favor del consumidor. 22. El principio de progresividad revisitado. Sección Segunda - La resistematización de la regulación de las relaciones de consumo en Argentina. 23. La posibilidad de codificación del Derecho del Consumidor. 24. El problema de la extensión de la codificación del Derecho del Consumidor. 25. La codificación de la protección contractual del consumidor. 26. La necesidad de resistematización. 27. La nueva sistematicidad: el sistema como resultado. 28. El programa de resistematización (i): producir una resistematización por círculos concéntricos. 29. El programa de resistematización (ii): la codificación del Derecho del Consumidor. a) La creación de un núcleo duro de regulación de las relaciones de consumo. b) El núcleo duro como "presupuestos mínimos". c) El resultado de la existencia del "segundo anillo": el diálogo de fuentes. 30. El programa de resistematización (iii): las reformas a la ley 24.240. a) El diseño de un espacio de adaptabilidad: el "tercer anillo regulatorio". b) Las reformas a la ley 24.240. c) Interpretación más favorable al consumidor. II. EL MÉTODO DEL DIÁLOGO DE LAS FUENTES. Cuarta Parte - Las fuentes normativas del diálogo. 31. Las fuentes normativas del diálogo (i): los derechos fundamentales de los consumidores. 32. Las fuentes normativas del diálogo (ii): un zócalo mínimo y núcleo duro de tutela. 33. Las fuentes normativas del diálogo (iii): el microsistema. Quinta Parte - Las reglas del diálogo de fuentes. 34. Las reglas del diálogo (i): la maximización de las normas fundamentales. 35. Las reglas del diálogo (ii): reglas del diálogo de fuentes según la "tipología de diálogos de fuentes". 36. La interpretación de una norma "proconsumidor" no es diálogo de fuentes.
37. Diferenciar las reglas de prelación normativa y las reglas del diálogo de fuentes. Sexta Parte - Las "zonas" de los diálogos. 38. La búsqueda del núcleo duro de tutela. 39. Las zonas de los diálogos (i): de las reglas codificadas de protección del consumidor con las reglas de tutela del consumidor ubicadas en la ley 24.240.
a) Grupo (A) de normas provenientes del Proyecto de 1998. b) Grupo (B) de normas provenientes de la ley 24.240. b.1) Subgrupo de normas mejoradas (provenientes de la ley 24.240). b.2) Subgrupo de normas rehechas (provenientes de la ley 24.240). 40. Las zonas de los diálogos (ii): integración del microsistema de protección del consumidor con el sistema del Código. 41. Las zonas de los diálogos (iii): el diálogo de la regulación de las relaciones de consumo con las leyes especiales. 42. Las zonas de los diálogos (iv): el "diálogo" del microsistema de tutela del consumidor con los demás microsistemas que regulan a la persona. 43. Las zonas de los diálogos (v): el "diálogo" del microsistema de tutela del consumidor con el microsistema de tutela del medio ambiente.

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