Reconocimiento de la condición de legitimario asistencial a una persona con discapacidad psíquica, conforme con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad / Leonardo B. Pérez Gallardo
Tipo de material: ArtículoDescripción: p. 166-175Tema(s):Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Artículos | Biblioteca Neuquén | Disponible |
I. Discapacidad, incapacitación judicial y legítima no son las variables de una misma cuestión - II De nuevo sobre las pensiones de seguridad social y la condición de legitimario asistencial - III. El derecho a heredar la vivienda, aún cuando la persona con discapacidad se encuentre internada en un centro asistencial estatal - IV. La oportuna interpretación extensiva de las normas del Código Civil, reguladoras de la legítima, conforme con el principio de respeto a la dignidad de las personas con discapacidad - V. Los ecos de la Convencipon de los derechos de las personas con discapacidad y la inerpretacion jurisprudencial cubana
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