Vigilancia tecnológica. Constitucionalidad de los registros fílmicos en el ámbito bonaerense. Su incorporación al proceso penal. / Juan Esteban Melón Gil

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDescripción: p. 161-182Tema(s):
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I. Introducción - II. Sistemas de enjuiciamiento penal. Sumario del diseño procesal penal bonaerense - III. Control en sede judicial de las nuevas técnicas: un punto de partida razonable. Normativa nacional y supranacional. Observación en ámbitos públicos y privados. Grabaciones vinculadas a una investigación criminal y con fines preventivos - IV. Reflexiones sobre la "libertad probatoria" como instrumento procesal idóneo. Nuevamente eficacia vs. garantías - V. Sistemas de control judicial. Valoración de la prueba videográfica. Primeras restricciones - VI. ¿Se vulnera la garantía de no autoincriminación (nemo tenetur) cuando una conversación privada es grabada mediante cámara oculta por uno de los interlocutores sin que el otro lo sepa? - VII. "La vida de los otros". Cuando el delito es filmar. Las transgresiones no convencionales. A propósito del artículo escrito por Mariano Blejman en el diario Página 12 (fecha 22/2/2012) - VIII. Conclusiones.
En: Revista de Derecho Penal y Criminología Nro. 11 Diciembre 2012, p. 161-182
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I. Introducción - II. Sistemas de enjuiciamiento penal. Sumario del diseño procesal penal bonaerense - III. Control en sede judicial de las nuevas técnicas: un punto de partida razonable. Normativa nacional y supranacional. Observación en ámbitos públicos y privados. Grabaciones vinculadas a una investigación criminal y con fines preventivos - IV. Reflexiones sobre la "libertad probatoria" como instrumento procesal idóneo. Nuevamente eficacia vs. garantías - V. Sistemas de control judicial. Valoración de la prueba videográfica. Primeras restricciones - VI. ¿Se vulnera la garantía de no autoincriminación (nemo tenetur) cuando una conversación privada es grabada mediante cámara oculta por uno de los interlocutores sin que el otro lo sepa? - VII. "La vida de los otros". Cuando el delito es filmar. Las transgresiones no convencionales. A propósito del artículo escrito por Mariano Blejman en el diario Página 12 (fecha 22/2/2012) - VIII. Conclusiones.

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