Enfoque sistémico de la división de poderes después de la Reforma Constitucional de 1994 /
Loñ, Felix R.
Enfoque sistémico de la división de poderes después de la Reforma Constitucional de 1994 / por Félix R.Loñ - 6 p.
Sumario: SUMARIO: I. Un mundo de certezas desvanecidas. - II. El derecho es el recipiente de la imponderabilidad humana. - III. El enfoque sistémico. - IV. Funcionalismo probabilístico. - V. La división de poderes: un sistema regulado multifuncional. - VI. Nueva dimensión de la división de poderes. - VII.
Las nuevas funciones son la respuesta a la creciente complejidad del sistema social. Vigencia de la división de poderes. - VIII. La distribución de los poderes después de la reforma constitucional de 1994. - IX. No hay órganos extrapoderes. - X. Síntesis.
CONSTITUCIÓN NACIONAL
DIVISIÓN DE PODERES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL
Enfoque sistémico de la división de poderes después de la Reforma Constitucional de 1994 / por Félix R.Loñ - 6 p.
Sumario: SUMARIO: I. Un mundo de certezas desvanecidas. - II. El derecho es el recipiente de la imponderabilidad humana. - III. El enfoque sistémico. - IV. Funcionalismo probabilístico. - V. La división de poderes: un sistema regulado multifuncional. - VI. Nueva dimensión de la división de poderes. - VII.
Las nuevas funciones son la respuesta a la creciente complejidad del sistema social. Vigencia de la división de poderes. - VIII. La distribución de los poderes después de la reforma constitucional de 1994. - IX. No hay órganos extrapoderes. - X. Síntesis.
CONSTITUCIÓN NACIONAL
DIVISIÓN DE PODERES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL